Un hombre identificado como J.B.M fue condenado a la pena de 15 años de prisión por ser penalmente responsable de los delitos de “Abuso sexual gravemente ultrajante agravado por la convivencia preexistente con una menor de 18 años (un hecho), Abuso sexual gravemente ultrajante doblemente agravado por la convivencia prexistente con una menor de 18 años y por resultar un grave daño a la salud mental de la víctima (cuatro hechos), Abuso sexual gravemente ultrajante agravado por resultar un grave daño a la salud mental de la víctima (un hecho), Abuso sexual con acceso carnal doblemente agravado por la convivencia prexistente con una menor de 18 años y por resultar un grave daño a la salud mental de la víctima (dos hechos)”; ilícitos perpetrados contra la hija de su entonces pareja en la ciudad de Palpalá.
Los magistrados, además, absolvieron a J.B.M del delito de “Corrupción de menores” y un hecho calificado como “Abuso sexual gravemente ultrajante por resultar un grave daño a la salud mental de la víctima”.
Asimismo, ordenaron el inmediato traslado del condenado al Servicio Penitenciario y establecieron que, una vez firme y consentida la sentencia, se obtengan sus perfiles genéticos a efectos de su incorporación al Registro Nacional de Datos Genéticos vinculados a Delitos Contra la Integridad Sexual.
Los hechos
Según la requisitoria de la Fiscalía, J.B.M. fue juzgado por hechos ocurridos en dos domicilios de la ciudad de Palpalá, desde que la víctima tenía 8 años de edad en el año 2010, siendo el último en el año 2023.
En aquellos momentos, el acusado, pareja de la madre de la niña, cometía los abusos sexuales contra la menor de edad aprovechando tanto la situación de convivencia preexistente como la ausencia de la progenitora, en oportunidades que la misma se ausentaba del domicilio para ir a trabajar.
Descubre más desde Buen Dia Jujuy
Suscríbete y recibe las últimas entradas en tu correo electrónico.