ABUSO SEXUAL Y VIOLENCIA DE GÉNERO: LO CONDENARON A 6 AÑOS DE PRISIÓN DE EJECUCIÓN EFECTIVA

Un sujeto identificado como P.C.C.F. fue condenado a la pena de 6 años de prisión de ejecución efectiva por ser autor penalmente responsable del delito de “Abuso sexual con acceso carnal y Lesiones leves agravadas por la condición de la víctima y por mediar violencia de género en concurso real”. El ilícito ocurrió en un local bailable de San Salvador de Jujuy.

El magistrado además ordenó, firme y consentida la sentencia, la detención del condenado para su alojamiento en el Servicio Penitenciario.

Asimismo, le impuso, a partir de la presente sentencia y hasta que la misma adquiera firmeza, la prohibición de acercamiento y contacto por cualquier medio (llamadas, mensajes telefónicos o redes sociales, etc.) a la víctima, de su domicilio, lugar de trabajo, estudio, esparcimiento y/o lugar donde la misma se encuentre.

El juez ordenó la obtención de los perfiles genéticos de P.C.C.F. a efectos de su incorporación al Registro Nacional de Datos Genéticos vinculados a los Delitos contra la Integridad Sexual, una vez firme y consentida la sentencia.

Según la requisitoria de la Fiscalía, el hecho por el que fue condenado P.C.C.F. ocurrió el 26 de marzo de 2023, a horas 04.00 aproximadamente, en un local bailable de San Salvador de Jujuy, oportunidad en que la víctima se dirigió al baño del boliche y por detrás de ella ingresó su ex pareja P.C.C.F.

A pesar que la joven le solicitó al acusado que se retire porque no quería tener intimidad con él, el sujeto hizo caso omiso y procedió a abusar de la víctima, ante lo cual ella lo empujó y logró salir del sanitario.

Al cabo de unos minutos, cuando la víctima salía del local bailable junto a una amiga, el imputado se acercó para pedirle disculpas por lo sucedido. Posteriormente intentó tocarla nuevamente, ante lo cual la víctima volvió a empujarlo y el acusado reaccionó empujándola y propinándole una patada en la pierna derecha.

Los fundamentos de la sentencia serán dados a conocer en el plazo establecido por el Código Procesal Penal de la Provincia, mediante su registración en el Sistema de Gestión Judicial


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