
La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo resolvió dejar sin efecto la suspensión que frenaba parte de la reforma laboral impulsada por el Gobierno nacional. Con esta decisión, vuelven a entrar en vigencia los 82 artículos cuestionados, mientras continúa el trámite judicial de fondo.
El fallo representa una victoria política y judicial para la administración de Javier Milei, que salió rápidamente a festejar la resolución.
La Sala VIII resolvió otorgar efecto suspensivo a la apelación presentada por el Estado nacional contra la cautelar dictada en primera instancia.
Eso significa que queda momentáneamente sin efecto la decisión del juez Raúl Ojeda, quien había frenado parte de la ley tras una presentación de la CGT.
En la práctica, la normativa vuelve a aplicarse mientras la Cámara analiza el expediente principal.
Entre los artículos que vuelven a regir figuran cambios vinculados a:
- Indemnizaciones por despido
- Nuevas modalidades de contratación
- Banco de horas laborales
- Fraccionamiento de vacaciones
- Límites a aportes y contribuciones sindicales
Se trata de algunos de los ejes más discutidos de la reforma.
Tras conocerse la noticia, el presidente celebró en redes sociales con un mensaje directo:
“No podrán detener el crecimiento que se viene para el país. VIVA LA LIBERTAD CARAJO”
La publicación rápidamente generó repercusión política y sindical.
La central obrera sostuvo que varios artículos vulneran derechos laborales garantizados por la Constitución Nacional, especialmente el artículo 14 bis.
Por eso impulsó la medida cautelar que había logrado suspender parte de la ley hasta este nuevo fallo.
La discusión judicial no terminó. Ahora continuará el análisis de fondo sobre la constitucionalidad de la reforma, pero mientras tanto las modificaciones vuelven a estar activas.
